CONTROL DE ACTIVIDADES DE DESINFECCIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACIÓN SANITARIAS.

Por D. 81/1995 de 24 de enero se aprueba el Reglamento que regulará estas actuaciones. Contempla que los servicios y empresas dedicadas a estas actividades expedirán un documento acreditativo del tratamiento efectuado según modelo recogido en ENEXO II del citado Reglamento que se entregará a la persona o entidad que lo haya solicitado. Así mismo se remitirá al Ayuntamiento la documentación relativa a tales actuaciones a efecto de control de estas actividades. El Ayuntamiento remite copia o resumen a la Consejería de Salud y Bienestar Social Delegación Territorial de Córdoba.

 

Se han realizado gestiones con la Oficina de Información Municipal para la mejora en la remisión de documentos a través del servicio de Sede electrónica del Ayuntamiento. Actualmente se está trabajando con la para poder hacer una remisión directa por nuevas tecnologías a la Consejería.